Tácito: Callado, que no se expresa formalmente sino que se supone o sobreentiende.
Explícito: Que expresa con claridad una cosa.
Menoscabo: Disminución del valor, la importancia o el prestigio
Fedatario: Persona que otorga la fe pública, como corredores, notarios, secretarios judiciales y cónsules.
Disuadir: Inducir, mover a uno a desistir de una idea o propósito de hacer algo
Intuitu personae: Intuitu personæ es una locución latina que significa ‘en atención a la persona’. Hace referencia a aquellos actos o contratos que se celebran en especial consideración de la persona con quien se obliga. El matrimonio, los contratos de trabajo, franquicia, mandato, depósito, comodato, sociedad colectiva; la constitución de usufructo, fideicomiso y de los derechos de uso y habitación se encasillan en este concepto.
Ope legis.- De pleno Derecho, por imperativo legal
Subsanable: réparable, remédiable
Subrogar: Subrogación es un negocio jurídico mediante el cual una persona sustituye a otra en una obligación. Por lo tanto, la subrogación puede darse en cualquiera de las dos posiciones de una obligación: posición deudora y acreedora.
Fiduciario: Fiduciario o fiduciaria (persona), en inglés «Trustee», es aquella persona física o moral encargada de un fideicomiso y de la propiedad de los bienes que lo integran, a solicitud de un fideicomitente y en beneficio de un tercero, sea este fideicomisario o beneficiario.

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